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martes, 12 de mayo de 2026

LA CIUDAD POLICIVA 2: COMBATE CONTRA EL ESTADO POLICIVO (3a Ed.)

 LA CIUDAD POLICIVA


"El arma de la crítica no puede soportar evidentemente la crítica de las armas; la fuerza material debe ser superada por la fuerza material; pero también la teoría llega a ser fuerza material apenas se enseñorea de las masas…"
(1844, Carlos Marx en Crítica a Hegel)


EL COMBATE CONTRA EL ESTADO POLICIVO

Desde un MUNICIPIO (entidad territorial.administrativa básica en la que se divide el territorio y los niveles administrativos, Colombia se compone de -¿o divide en?-  32 departamentos que contienen 1123 municipios) es difícil gobernar y realizar cambios políticos cuando existe una Policía Nacional.

La máxima autoridad policiva de un municipio es el Alcalde (autoridad electa popularmente); pero la Policía es "Nacional" y eso hace que (en lugar de fortalecer una identidad nacional y mantener unido el territorio -principales objetivos del "nacionalismo" o "centralismo"-) se vuelva anárquico (o acrático o anocrático) porque el que "pone" los comandantes de policía locales, es la Policía Nacional (o el gobierno nacional, cuando ejerce esta facultad, que suele dejar en sus subordinados, a no ser que se trate por lo general de un escenario de alto impacto mediático) y no el Alcalde; de esta forma el comandante de policía local/municipal/distrital, pese a estar subordinado al Alcalde (máxima autoridad de policía en lo municipal/distrital), recibe órdenes directas del mando nacional, muchas veces "contraórdenes" o sabotajes al gobierno local/municipal/distrital (o departamental). 

La Policía Nacional es entonces una herramienta para el mantenimiento de una dictadura policiva, que tiene presencia o impacta en toda institución o estructura (social-política-administrativa): la Policía Nacional tiene, DIJIN (Direccción de Policia Judicial e Investigacion - derivada del CIC o Centro de Investigaciones Criminológicas, dependiente de la DIPEC/F2, tipo de policía secreta liquidada en 1995-; hoy Dirección de Investigación Criminal e Interpol, que asumió parte de las funciones del antiguo DAS -PoPol o Policía Política /secreta, derivada del SIC o Servicio de Inteligencia Colombiano, fundado en 1953 y liquidado en 2011-), SIJIN (Seccional de Investigación Criminal, son seccionales de la DIJIN), INTERPOL (Policía Internacional), Inteligencia de la Policía (CI de Policía o DIPOL -Dirección de Inteligencia Policial-), Contraguerrilla, Antinarcóticos, Contraterrorismo, Antiexplosivos, Grupos Urbanos, GOES (Grupo de Operaciones Especiales), unidades de francotiradores de alta precisión (TAP), policía fiscal y aduanera (POLFA), policía de Infancia y Adolescencia (policía de menores), policía ambiental, de tránsito (de carreteras nacionales y locales).

Los comandantes nacionales (y el gobierno nacional) son los que deciden quien se queda y quien se va de un territorio o municipio (en comandos de policía o estaciones), por el ius variandi (es decir, los policias al ser servidores públicos del nivel nacional, su nombramiento, que es un vínculo laboral de tipo "legal y reglamentario" -no contractual-, puede ser modificado, movidos -traslado o reubicación- a discreción de su nominador -el ejecutivo nacional- por todo el territorio nacional, es decir, las condiciones de ejecución de su labor pueden ser modificadas -ius variandi- en especial, el lugar donde va a desarrollar dicha labor, de manera que una autoridad territorial o local no puede oponerse al ius variandi que está en cabeza del Nominador, el nivel nacional, así el nivel nacional puede poner o llevar o quitar miembros de la policia de un determinado territorio), ni el Alcalde ni la población, elige sus policías, solo puede limitar su número y el tipo de policía a cargo del presupuesto local, v.gr. tener una policía de tránsito propia y no "contratar" o mejor no hacer acuerdos interadministrativos con la Policía Nacional sobre la prestación del servicio del control del tránsito local, servicio que, si lo presta la Policía Nacional, le da más poder -tanto a la policía del nivel nacional, es decir, a sus comandantes y directivos, como al gobierno nacional- porque aparte de que hay que pagarles como si fueran contratistas del municipio/distrito, se les permite mayor presencia y penetración en los asuntos de la administración local; y en todo caso la subordinación al gobierno local es solo aparente o parcial, al ser Nacional, la policía de tránsito local, siempre obedecerá las órdenes o contraórdenes del nivel nacional, como cuando el nivel nacional imparte órdenes de resultados -o cuotas- de comparendos a todas las policías de tránsito, pese a que la administración local no esté de acuerdo, la policia de tránsito local termina siempre obedeciendo las órdenes nacionales por encima de las locales (por jerarquía de la orden), aunque legalmente este conflicto puede ser dirimido en estrados, en la práctica, el no obedecer al nivel nacional trae como consecuencias procesos disciplinarios, traslados, reubicaciones, y todo tipo de sanciones, en un tiempo celero, incluso de días, mientras los procesos judiciales, que pueden favorecer al poder local, suelen durar años o décadas, y teniendo en cuenta que el gobierno nacional siempre ha estado en manos del bipartidismo oficial y a partir de 2002 del bipartidismo extraoficial -operación electoral de tipo "avispa" (un partido que se fragmenta en múltiples partidos, movimientos o grupos para "simular" ser distintos, para obtener beneficios legales o engañar a la población)- y que solo a partir del 7 de agosto de 2022 hay un gobierno nacional distinto al bipartidismo, podemos decir que el nivel nacional en manos del bipartidismo, de las oligarquías, de las élites, es casi perenne.

La única excepción a esto ha sido el nuevo gobierno 2022-2026, y algunos gobiernos locales, que tienen la misma duración de los nacionales (aunque inician y terminan con 2 años de diferencia), pero que si están en contra del nacional o son independientes al nacional, esta duración de 4 años no les permite darles continuidad a las demandas judiciales que hagan valer o reivindiquen sus decisiones autónomas, y que lo más probable y como casi siempre sucede, es que si hay muchas demandas judiciales importantes promovidas por un gobierno local, el nacional termina apoyando el cambio de ese gobierno local, o presionándolo, hostigándolo para que abandone esas demandas, cuyo impulso queda en manos de alguna dirección jurídica territorial, con funcionarios de libre nombramiento y remoción, es decir, cuotas políticas del gobierno territorial de turno, que pueden desistir, o simplemente dilatar, o descuidar o autosabotear los procesos, entonces vemos que resulta casi imposible, desde lo judicial, desobedecer una orden o directiva nacional a nivel de la defensa, la seguridad, y demás funciones que se le hayan asignado a la policía nacional, como las del tránsito, el medio ambiente, la niñez y adolescencia, la función administrativa/ejecutiva judicial de investigación, etc.; funciones que si bien pueden considerarse funciones "de policía" de un Estado, no necesariamente tienen que se ser desempeñadas por la Policía Nacional. 

Por ejemplo, la Procuraduría General de la Nación, tiene funciones de policía administrativa, pero la Procuraduría es un ente autónomo e independiente, que no pertenece a ninguna rama del poder público, y por ende no tiene nada que ver con la Policía Nacional (aunque sí la vigila y con poder preferente, disciplina a todos los servidores públicos). Y el hecho que la Policía Nacional se llame "Policía" no quiere decir que ésta tenga que concentrar todas las funciones que sean policivas, ya que la Policía Nacional, por su organicidad subordinada al ministerio de defensa y a un aparato jerárquico y militarizado, no ofrece ninguna garantía para el desarrollo de las funciones policivas de un Estado, siendo que las funciones policivas son muy diversas y requieren muchas condiciones y garantías, en especial, la imparcialidad, autonomía, independencia, objetividad, algo de lo que carece la Policía Nacional, en especial por el principio de la estricta "subordinación" jerarquica -sumisión y casi esclavitud, ya que no es el mismo tipo de subordinación que se le exige a un trabajador/a común, como elemento de existencia del contrato de trabajo- de la Fuerza Pública, que no es imparcial, porque obedece al Gobierno Nacional de turno (antes los poderes de policía "pertenecían" al monarca, ahora son ejercidos, en nombre del Pueblo, en los sistemas presidencialistas, por el Presidente de la República, como Jefe de Estado, Jefe del Gobierno y Suprema Autoridad Administrativa, que nombra y separa libremente a los ministros del despacho y a los directores de departamentos administrativos; dirige las relaciones internacionales; nombra a los agentes diplomáticos y consulares; recibe a los agentes respectivos y celebra con otros Estados y entidades de derecho internacional, tratados o convenios que se someterán a la aprobación del Congreso; dirige la fuerza pública y dispone de ella como comandante supremo de las Fuerzas Armadas de la República; conserva en todo el territorio el orden público y lo restablece donde fuere turbado (art. 189 CP), entre otras), y comandantes que se pliegan o no a las órdenes del superior del Ejecutivo, ya que pueden actuar como ruedas sueltas, si el gobierno "cae en manos" de representantes de una "ideología no institucionalizada" dentro de los organismos de seguridad, quienes principalmente han adoptado el fascismo, como ideología institucionalizada desde la época de La Violencia, por el partido conservador (luego de las élites, sin importar su afiliación partidista), aunque en estos casos el [Poder] Ejecutivo tiene la potestad de reorganizar los mandos de tal manera que los comandantes claves puedan ser afines a su gobierno, como se supone constitucionalmente debe ser, el problema es si no hay comandantes que puedan cumplir esa misión constitucional, es decir, si no se realizó una previa democratización de las FF.AA. y los altos mandos representan a las élites o capas privilegiadas y no al pueblo o capas populares.

Igual sucede con la autonomía, la Policía no es autónoma, porque está subordinada al Gobierno Nacional, es decir al Poder Ejecutivo, quien tiene como Jefe (da órdenes), y representante, como ya se dijo, al comandante supremo,  lo que de por sí, es ya un inconveniente para que la Policía asuma o preste funciones en otro poder público o rama -como el judicial o el legislativo-, porque viola el principio de separación de poderes; o en otra dimensión, porque la Policía al ser nacional, entra en conflicto con el poder local, con la autonomía de los niveles territoriales, porque en la subordinación jerárquica, si bien cada comandante manda sobre su división, batallón o tropa, el de mayor jerarquía siempre estará por encima del de menor jerarquía y puede dar contraórdenes en la mayoría de los casos (que es una forma más práctica de emitir órdenes). Aplicado a los niveles nacional y territorial, el nivel nacional se mira, se muestra o se toma como de "mayor jerarquía" que el nivel territorial, por lo que dentro de la doctrina, la visión, la costumbre, militar y policiva, de subordinación jerárquica, no importa cuánto se diga y se repita que un Alcalde/sa o un Gobernador/a es la suprema autoridad dentro de su territorio, siempre se le verá como un subordinado/a o inferior del nivel nacional, teniendo en cuenta que el Presidente de la República, no es solo su superior administrativo, al ser Suprema Autoridad Administrativa (que emite actos administrativos superiores, normas superiores, especialmente reglamentarias), sino también Símbolo de la unidad nacional (art. 188 CP).

Tampoco es "independiente", tal como lo consideran los mismos miembros y cúpulas de la Fuerza Pública, que al ser "fuerzas" no se consideran independientes, sino subordinadas al supremo comandante, que es el presidente de la República. Viendo la Policía Nacional desde este punto de vista, no podría, ni sería apta, para prestar ningún servicio de policía distinto al de seguridad y vigilancia (defensa interna), las demas funciones de policía que requiere un Estado, deben ser ejecutadas por otro tipo de organismos o entidades públicas, aunque puedan en un momento dado confluir todas las policías en un mismo organismo académico o compartir sedes (esto también nos lleva a recordar al infame ESMAD -Escuadrón Móvil Antidisturbios-, que no tiene porqué existir, ni siquiera que se le cambie de nombre (actualmente ha sido renombrado eufemísticamente UNDMO -Unidad de Diálogo y Mantenimiento del Orden-), sino que simplemente dichas funciones policivas de convivencia, o protección de derechos, pueden recaer en otros entes que no sean de la Policía Nacional, y bajo otro tipo de procedimientos no militares, no de fuerza, no de represión, ya que no siempre para defender un derecho se necesita de la fuerza, sino de jueces, del derecho, o de acción pronta de la Administración en la satisfacción de pretensiones legales y legítimas. (v.g.r. no es comprensible o entendible que personas que reclaman por la protección o efectividad de sus derechos fundamentales como la vida, la salud, la educación, el trabajo, la participación política, entre otros, en lugar de recibir una priorización o satisfacción inmediata o pronta de sus necesidades básicas insatisfechas, reciban golpes, malos tratos o crueles, o sanciones que suspenden o limitan esos mismos derechos reclamados como la libertad, al emitir órdenes de captura o penas de cárcel), teniendo en cuenta que antes, en el absoltuttismo, las funciones de Policía pertenecían al monarca, y hoy estas funciones de policía, en su mayoría, como jefe de Estado, autoridad civil, gobernante, representante del Pueblo, el Presidente de la República, puede (y debe) realizarlas, a través de todas las ramas del Estado que lidera.

El uso de la "Fuerza", para el orden interno es propio de un estado policivo, de una dictadura, y no de un Estado social de derecho, ni siquiera de los Estados de derecho, aunque en la práctica sí haya sido así, es decir, que la Policía (y policías en el mundo) hayan y sean, en sí mismas una negación del derecho, porque Derecho y Fuerza no son lo mismo, ni son sinónimos (recordemos la infame frase del genocida general Pinochet "Por la razón o por la fuerza"), y más bien son antónimos, y entre Fuerza y Derecho, es el Derecho el que contiene, retiene, controla, regula, sanciona a la Fuerza, no al contrario.

El abuso de la fuerza es el abuso de la autoridad, es posible y es común, que un juez se apoye o haga cumplir sus decisiones judiciales a través (o incluso) por la Fuerza (simbolizada generalmente en la cultura occidental con la espada), es decir, que los entes de la Fuerza cumplen estas decisiones "traducidas" a órdenes (una órden, es una frase, escrita o verbal, realizada en forma imperativa, por lo general o al menos simbólicamente, de forma directa, que tiene un emisor y un receptor definido, con una acción o verbo, que debe ser ejecutado por el receptor, quien tiene la obligación de realizar o ejecutar la acción contenida en la frase), que pueden ejecutar dentro de los parámetros legales que impone el juez a un caso específico y dentro de los parámentros de la Ley y la Constitución en general. 

Sin embargo, veamos que ese uso de la Fuerza, por parte del juez, puede (y en muchos caso lo es) ser un abuso de autoridad (cuando el juez se convierte en una "autoridad"), muchas veces por la ignoracia del juez, otras por el "facilismo", la tentación de aplicar mejor la Fuerza que directamente los mecanismos o herramientas netamente judiciales, v.gr. sería difícil hacer cumplir una orden de detención sin el uso de la fuerza pública, no es frecuente que una persona al ser sancionada a dicha medida acuda a cumplir la medida sin mas que la decisión del juez, de la obligatoriedad y firmeza de la decisión o fallo, sino que se emiten autos (decisiones judiciales) que se traducen en órdenes para la policía nacional, para que hagan uso de la Fuerza como única vía de hacer cumplir la decisión; pero ¿cuánto debe pasar entre el auto que toma la decisión de usar la Fuerza y el tiempo que tiene el condenado de cumplir la pena sin que se  use [o eufemísticamente ¿tenga que usar?] la Fuerza?, por lo general, es coetáneo a la decisión que impone la medida, o inmediatamente, se lee en el fallo que el juez ordena directamente a la Policía, que por lo general, se hace presente en toda actuación judicial de juicio, que use la Fuerza, es decir, el juez lo toma como parte del fallo (en la minuta o la redacción propia del fallo), o asimila el uso de la Fuerza como parte indisoluble del Derecho, y no como una excepción, y como una forma de hacer cumplir la decisión legal, el Derecho, solo cuando la decisión del pueblo no es suficiente para que alguien acate o cumpla dicha decisión.

Otros dicen que solo cuando se "tema" o haya suficientes indicios que no se cumplirá la decisión sin el uso de la Fuerza, por ejemplo, una persona que tiende o tiene antecedentes de huir, fugarse, evadir el cumplimiento de las decisiones judiciales, en especial, delincuentes políticos, que se oponen o desconocen la legitimidad, la autoridad del Estado y de sus instituciones, porque si no consideran que un tribunal, o un poder público sea legítimo, les resulta obvio que no le importa la decisión que tome un juez en su contra y por tanto no acatará la decisión, en ese caso el juez decide usar la Fuerza (como mencioné, por lo general, ordena usar, no usa traductores de la decision a orden, sino que asume funciones de autoridad administrativa, emite actos administrativos o "actos" judiciales, según como entendamos la definción de "acto", si todo acto es administrativo, entonces se llamaría acto judicial, como una especie del acto administrativo; pero no del poder ejecutivo sino de otro poder que también tiene entonces funciones administrativas, como el caso del juez, que considera puede dar órdenes a la policía y no simplemente emitir decisiones que la policía deba traducir a órdenes.

En todo caso el cumplimiento de una decisión judicial sería mas fácil si la policía judicial no fuera subordinada del poder ejecutivo, sino una policía judicial del poder judicial, obviamente esta policía abandonaría su lenguaje técnico o suigeneris de la policía nacional o de la policía ejecutiva, y deberá entonces tener su propio lenguaje (jerigonza, argot o lenguaje técnico) y procedimientos, acorde al poder y función judicial.

En la vida común y corriente no es usual el uso de la "fuerza" e incluso su uso se prohíbe, limita o restringe, principalmente, a prácticas deportivas, a ambientes y contextos científicos (regulados/normados). Los deportes de contacto tienen reglas y procedimientos que impiden que el uso de la fuerza ocasione daño, se usan protectores de todo tipo (cascos, guantes, petos o pectorales, canilleras, rodilleras, canilleras, protectores bucales, gafas, etc), y se prohíbe la autorización de la práctica de cualqueir deporte que pueda poner en riesgo la vida de sus participantes, o que cause daño (aunque en los últimos tiempos, con la aparición del llamado deporte "profesional", se omiten estas limitaciones y como consecuencia se producen muertes o lesiones invalidantes). En todo caso el uso de la fuerza en la vida común, es sancionada cuando se usa por fuera de los contextos permitidos, por ejemplo, para sostener un debate, para solucionar un conflicto familiar, vecinal, comunal, laboral, de tránsito, de convivencia, o de cualquier tipo; sin embargo, el Estado, que tiene no solo el monopolio de las armas (que son herramientas a través de las cuales se usa o expresa la Fuerza) sino de la Fuerza, la cual no debe usar sino cuando exista -o se presente- la excepción para usarla, ya que su fin primordial no es usarla, sino "contenerla"; es el que mas suele usar y abusar de la Fuerza, el que debe contenerla, es el primero en no contenerla, en lucirla, en exhibirla y preciarse de poder usarla, en una especie de burla a la sociedad que le ha conferido tal responsabilidad. 

En ese lugar encontramos no solo a los funcionarios del poder ejecutivo, como principales responsables de la Fuerza Pública, sino de los funcionarios de las demás ramas, como el poder legislativo y el poder judicial, entonces, el Estado y cualquier funcionario, debe evitar siempre el uso de la fuerza, y hacer uso de las herramientas, mecanismo, procedimientos propios de su función, o acordes a su función, en caso de que no exista un mecanismo o procedimiento como tal en un caso específico, así como se le exige a la población que no use la fuerza ante cualquier situación sino que use primero los mecanismos alternativos, o procedimientos que se le han puesto a disposición, como el diálogo, la conciliación, la tolerancia, directamente o a través de instituciones o mediadores.

Lo que se le exige al pueblo no suelen aplicarlo ni darlo sus funcionarios(as), y esto es lo que se llama un "abuso", funcionarios(as) abusadores; pero a la vez prevaricadores, solo que se ha normalizado tanto este tipo de prevaricato, que queda impune, por ejemplo el que un juez de órdenes de detención o de captura a la policía en una audiencia, entonces, podríamos decir que, el cambio ha venido de abajo pero no de arriba, y que "arriba" no se produce un cambio, sino más bien una resistencia al cambio, una tendencia -o inercia- a conservar el status quo, a usar la fuerza ante cualquier situación, y como marca o firma de la actuación del Estado, como si dijeran "sin marcas o cicatrices del uso de la Fuerza estatal no hay Estado", no se comprueba que el Estado exista o haya actuado, hay que marcarlos a todos para que se consideren nacionales, esto se traduce en obediencia, pacificación de la sociedad y a la vez en la conformación de una identidad nacional (de arriba hacia abajo), una concepcion de Estado soberano, es decir, de una soberanía en cabeza de las instituciones (y quienes las administran, dirigen) y no del Pueblo, el Estado construye la identidad (que a su vez es la misma nacionalidad o conjunto de nacionalidades), el Estado construye la unidad, y el Estado administrado por el Gobierno, que es el supremo administrador, al que se subordina la Administración, es en últimas el custodio de esa soberanía, o mejor el soberano de facto, con lo que se subvierte o desaparece el Estado de Derecho y Social de Derecho y se impone una dictadura, es decir un Estado de facto.

Un alcalde independiente puede ser "saboteado" por el mando nacional, si un comandante local "está" con el alcalde, va a ser sancionado, enviado a zonas rurales o urbanas de alto riesgo, como Chocó, Cauca, Nariño, Amazonas, Putumayo, Norte de Santander, Vichada, Arauca, alguna zona roja o de alto riesgo, alejado de su núcleo familiar, de esta manera el mando nacional controla, presiona a los comandantes locales para que obedezcan al mando nacional y vean al alcalde como un tigre de papel.

Una de las exigencias nacionales es aumentar el pie de fuerza en todo lugar y buscar financiación de los municipios para eso (sin entrar a discutir el porqué, aunque mi posición es que es para favorecer los intereses de EEUU, para imponer un estado policivo, realizar la "consolidación" del poder bajo la égida de EEUU, dentro de la doctrina Monroe y de Seguridad Nacional), las formas para lograrlo es igual a lo que se vió en el 21N y 22N, a través de la teoría del pánico, agentes de policía son encargados de fomentar la delincuencia y de ejecutar actos criminales, atracos, violaciones, asesinatos, hurtos, amenazas, aumentando la percepción de inseguridad y promoviendo con los medios de comunicación la necesidad de aumentar el presupuesto de la policía desde el municipio y exigir un aumento del pie de fuerza, en un(os) municipio(s) de Colombia se llegó hasta exigir la militarización de la ciudad y el alcalde de turno la militarizó, eso fue acompañado de más contratos y presupuesto del municipio para la fuerza pública, el problema es que entre más dinero se les de y entre más policía y fuerza pública se permita en la ciudad, más poder tienen esas fuerzas, mas sometido está el gobierno local a la fuerza que se ha impuesto desde el poder nacional, siendo de facto una microdictadura policiva manejada desde la dictadura nacional, que simula ser una democracia. Así que, lo más razonable, es debilitar esas fuerzas policivas, impedir el aumento del pie de fuerza, eso sí lo puede hacer el alcalde y no se le puede imponer; la Policía Nacional puede decidir quiénes irán o vendrán, cuáles serán los policías, pero no el número de policías que una ciudad debe tener, porque eso es política de gobierno, mas cuando el municipio es en parte responsable presupuestalmente de la policía que tenga (pero siempre los medios pagos estarán presionando por más "pie de fuerza" hasta que se cumpla casualmente las cifras "recomendadas" por el poder nacional), la ciudad debe tener mas instituciones, pero no policivas sino de educación y profesores y profesoras, no comandos, estaciones, CAI's y policías.

En una ciudad de Colombia cuando se decía que se requería mas policía por la inseguridad, se envió la policía a uno de los barrios deprimidos, excluidos por los gobiernos, como el barrio Industrial y la policía no aguantó, a las pocas semanas quería salir de ahí, quería comodidad, entonces la policía no ayuda a la seguridad de la ciudad, ni siquiera al aumentar el pie de fuerza, en cambio la escuela que estaba en ese barrio la cerraron, porque no habían condiciones de seguridad para profesores y profesoras, había dinero para policías, pero no para la educación, abrieron una estación y un gran comando en cinco (5) hectáreas y cerraron una escuela, y por haber esa cantidad de policía no mejoró la seguridad para los habitantes ni para los profesor@s porque esa inseguridad es producto de la exclusión, de la pobreza y no por "falta de rejo", de correa, de chancleta, de bofetadas, de bolillo, de bala, de represión, como promueven en los medios, los que promueven (la misma policía) la financiación y mayor presupuesto para los organismos de seguridad.

Teniendo un Presidente electo se puede desmontar esas políticas policivas, dictatoriales, represivas, la policía nacional depende directamente del Presidente y su ministerio de defensa, así que hay que seguir trabajando por lograr un Presidente al menos civilista, que desmonte todas esas políticas, pero como estamos con un Presidente de derecha (2018-2022), es decir, esencialmente militarista, fascista, lo que se puede hacer es unirse con otras alcaldías y gobernaciones para frenar u obstaculizar las órdenes del comando policivo nacional, de manera que “afloje” su presión sobre los comandantes locales para que ejecuten sus órdenes, sea a través de exigencias, denuncias, o similares, que incluso busquen cambiar a ese comandante o comandantes.

Es bastante problemático y antidemocrático que los comandos nacionales se puedan comunicar con los comandos locales, porque eso es una forma de controlar a los gobiernos locales, de presionarlos por la fuerza, coaccionarlos, constreñirlos, manipularlos, es una forma de gobierno ejecutivo selecto, por encima del poder electo, por ejemplo, un alcalde puede decirle a un comandante local lo que quiere para la ciudad, que no se hagan retenes, que se mantengan acuartelados, que no se vean en la ciudad, que su actuar solo sea cuando reciban llamados o solicitudes de apoyo a la justicia, la vigilancia debe ser a distancia, mientras la alcaldía hace una fuerte inversión social con el fin de apartar las futuras generaciones de la exclusión y la marginalidad a la que la suelen someter los gobiernos de derecha; pero siendo esto algo como "socialista", como izquierdoso, entonces se dispara la alarma anticomunista, macartista, implantada por EEUU desde la presidencia de Colombia y altos mandos, quienes empiezan a enviar órdenes a los comandantes de esa ciudad para que aumenten los resultados de capturas, de incautaciones, de operativos, porque son políticas “nacionales” que todos deben cumplir, son resultados operacionales obligatorios para "evaluar" el desempeño de los subordinados, así como al ejército le imponen a nivel nacional "cuotas de sangre" a la policía local en todo el territorio también la obligan a cumplir con cuotas contra la delincuencia, contra el terrorismo, contra el narcotráfico y para ello les obligan a que hagan operativos aún contra lo que decida un alcalde, un "conejo" a toda la población, todo con una apariencia legal, haciendo que recaiga todo la presión sobre el comandante local, que ve como única salida para seguir en la policía obedecer al poder nacional, hacer los retenes, capturas, controles, incautaciones o inventárselas, con lo que se convierte no solo en un golpista, dictador, sino en un corrupto que más adelante será ya no presionado a cumplir resultados, sino extorsionado para que haga otras actividades por fuera de la ley o de mano negra, como detenciones ilegales, desapariciones, torturas, seguimientos y allanamientos ilegales, hostigamientos, etc., porque el poder nacional aunque parezca alejado e ingenuo, tiene bastante poder de penetración y presencia en cada lugar de la institución para saber y dar rienda suelta al comandante local para que cumpla lo ordenado, presionarlo hasta que cometa errores que lo hagan mas "confiable" o controlado, de esta forma el gobierno local totalmente desarmado, se enfrenta a una dictadura armada que lo controla en todos sus movimientos y políticas, le presta la seguridad, lo escolta, vigila toda la ciudad, controla el tráfico en carreteras nacionales (la periferia de las ciudades), hace controles antinarcóticos y antiterroristas, apoya y en la práctica dirige las investigaciones judiciales, tiene agentes civiles, encubiertos, trabajando en todas las instituciones, en las empresas públicas, en las de servicios públicos y en las mismas oficinas de la alcaldía, los policías viven por toda la ciudad, son vecinos de todo mundo, se enteran de todo, controlan los rumores, los reciben y los promueven (desinforman, dan "falsos positivos") bajo las órdenes de sus superiores, el control es total, la policía así es el enemigo público número 1 del poder democrático.

Las propuestas serían que el poder nacional no pueda imponer personal ni comandantes locales, puede postularlos, pero todos deben ser aprobados por el Concejo municipal/distrital (actualmente máxima autoridad política de todo municipio o distrito, después le sigue el alcalde municipal/distrital), que además definiría su permanencia y evaluaría su desempeño, es decir, no será el poder nacional ni ninguna instancia de la misma institución, la encargada de evaluar a los comandantes ni policías locales, esto para evitar la presión por resultados, en contravía de los programas políticos del gobierno local. 

Ninguna ciudad debería poder tener mas policías que profesores, ni mas cuarteles (CAI, estaciones policiales) que universidades, ni tampoco su presupuesto (el de seguridad, convivencia y/o vigilancia), ser mayor al que se invierte en educación,  arte, cultura o inversión social (o pago de deuda social), debe estar por debajo del más bajo de esos ítems. La policía no debe ser una carrera académica, es decir, no puede remplazarse la educación superior por un cargo en la fuerza pública, es obligación del Estado en todos sus niveles garantizar la educación superior a toda su población, esto para evitar policías poco capacitados, o dicho de otra forma, el sacrificio de una parte de la población para que sean analfabetos funcionales.

Las cinco (5) hectáreas donde funciona el nuevo comando de policía metropolitana, deben convertirse en la sede de una universidad pública, no es justificable que un municipio como Villavicencio, con tanto déficit educativo, con tan escasa oferta en educación superior, se invierta en construir edificios para la represión y no para la educación, la ciudad policiva debe desmontarse.

[1a edición 2019, 2a edición Actualizada al 5 de septiembre de 2022 https://calledelared.blogspot.com/2019/12/la-ciudad-policiva-2-combate-contra-el.html; 3a edición 12/05/2026]

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